Respuesta rápida: abrir una sala de rayos X en México no consiste solamente en comprar el equipo y colocar plomo en los muros. Antes de operar, el establecimiento debe revisar los requisitos sanitarios aplicables, definir el equipo y su ubicación, contar con el diseño de blindaje sustentado en una memoria analítica, ejecutar las barreras previstas y reunir la documentación y verificaciones que correspondan. La licencia sanitaria se tramita ante COFEPRIS o la autoridad competente conforme a los acuerdos aplicables; el contratista de blindaje no sustituye al asesor especializado ni a la autoridad.

Primero: ¿qué modalidad de equipo se instalará?

No es lo mismo una sala de radiografía convencional que una de tomografía, mastografía o fluoroscopia. Cambian la geometría, la carga de trabajo, las trayectorias de radiación y las condiciones de uso. La selección del equipo debe estar coordinada con el proyecto arquitectónico y el asesor especializado en seguridad radiológica. Definir la sala sin datos del equipo puede llevar a retrabajos cuando llegan los planos definitivos del proveedor.

¿Qué pide COFEPRIS para la licencia sanitaria?

El trámite de licencia sanitaria para establecimientos que utilizan fuentes de radiación con fines médicos o de diagnóstico se identifica como COFEPRIS-05-024, modalidad A para rayos X. La información oficial contempla formato de solicitud, comprobante de derechos, cédula de información técnica, manuales de procedimientos técnicos, manual de seguridad y protección radiológica y programa de garantía de calidad. Para equipos fijos de rayos X también contempla memoria analítica de blindajes y levantamiento de niveles de radiación después de instalar el equipo, en cada sala. La documentación y modalidad aplicables deben verificarse en la ficha vigente del trámite antes de presentarlo.

Además, el establecimiento debe contar con un responsable de operación y funcionamiento con permiso vigente, conforme a las disposiciones aplicables. Conviene distinguir este responsable del asesor especializado que interviene en el diseño y las verificaciones.

La memoria analítica no es un trámite que se resuelve al final de la obra

La NOM-229-SSA1-2002, vigente según el registro oficial de COFEPRIS, establece que el diseño de los blindajes para construcción, adaptación o remodelación se determine mediante memoria analítica realizada por un asesor especializado en seguridad radiológica. Esa memoria debe traducirse a planos y especificaciones ejecutables: qué barrera se requiere, en dónde, con qué características y cómo se resuelven los encuentros entre elementos.

Un error frecuente de coordinación es presupuestar un espesor genérico de plomo antes de conocer el cálculo. Ni “dos milímetros para todo” ni “más material siempre es mejor” son criterios suficientes para especificar una obra.

¿Qué debe resolver la constructora antes de cerrar muros?

  1. Distribución y colindancias: revisar las áreas contiguas y las ocupaciones arriba y abajo.
  2. Solución de cada barrera: confirmar si se emplearán láminas de plomo, sistemas baritados u otras soluciones justificadas por el cálculo.
  3. Puertas, marcos y mirillas: definir continuidad y equivalencia requerida para cada elemento.
  4. Instalaciones: coordinar cajas eléctricas, ductos, tuberías, juntas y penetraciones sin interrumpir la protección.
  5. Secuencia de obra: revisar soportes, acabados, accesos, tolerancias y puntos de inspección antes del cierre.
  6. Documentación: conservar especificaciones, evidencia de instalación y cambios aprobados.

Después de instalar el equipo: verificación y expediente

El levantamiento de niveles de radiación se realiza bajo las condiciones y responsabilidades establecidas por la normativa. No debe confundirse con una inspección visual de los acabados. La documentación técnica de la instalación, los controles del equipo y los requisitos administrativos deben coordinarse antes de programar la apertura. Una empresa ejecutora de blindajes puede aportar evidencia de su suministro e instalación, pero no debe ofrecer la expedición de licencias ni presentar sus trabajos como sustituto de la verificación especializada.

¿Y si la clínica ya existe y solo cambia el equipo?

La modificación de una instalación puede requerir revisar la memoria analítica y los documentos de la licencia, especialmente cuando cambian el equipo, su ubicación, la carga de trabajo o las colindancias. COFEPRIS contempla un trámite de modificación de licencia sanitaria (COFEPRIS-05-025); corresponde determinar qué modalidad aplica al caso particular antes de ejecutar cambios.

Preguntas frecuentes

¿Puedo construir primero y calcular el blindaje después?

No es una secuencia recomendable: la memoria analítica es el punto de partida para especificar barreras y evitar retrabajos.

¿Toda sala requiere lámina de plomo de 2 mm?

No. El requerimiento de cada barrera se determina mediante el cálculo correspondiente y la solución constructiva documentada.

¿Blindamax tramita o garantiza la licencia sanitaria?

La autorización corresponde a la autoridad sanitaria y la documentación especializada a los responsables acreditados para cada función. Blindamax se enfoca en convertir requerimientos de blindaje en soluciones suministrables y ejecutables en obra, dentro del alcance contratado.

¿Qué información debo tener para cotizar?

Planos arquitectónicos, modalidad y ubicación del equipo, memoria analítica disponible, detalles de puertas y vidrios, y programa de obra. Si aún falta información técnica, primero hay que identificarla para evitar cotizaciones basadas en supuestos.

De los requisitos sanitarios a una obra ejecutable

Consulta también nuestra guía sobre memoria analítica y ejecución, los puntos críticos antes de cerrar muros y qué información necesitamos para cotizar.

¿Estás planeando una sala de rayos X o remodelando un área de imagenología? En Blindamax de México podemos revisar el alcance constructivo del blindaje con base en los documentos técnicos disponibles. Solicita una cotización de blindaje radiológico.

Fuentes oficiales

Información orientativa. Los requisitos y las modalidades deben confirmarse en fuentes oficiales para cada instalación; este artículo no sustituye la asesoría regulatoria o el cálculo de un especialista autorizado.

WhatsApp 55 5264 0665